INTRODUCCION
Definimos MENSURA como “el conjunto de actos y
operaciones de agrimensura destinados a identificar, delimitar, medir, materializar,
representar, documentar y definir las cosas inmuebles y sus límites, conforme a
las causas jurídicas que las originan y relacionarlas con los hechos que
materializan las posesiones u ocupaciones existentes” (Ministerio de Educación
de la Nación – Reunión Nacional de Especialistas en Agrimensura 1987).
Los límites pueden ser:
-
Jurídicos: Dados por la interpretación de las causas jurídicas
que se aplican al terreno (títulos y/o planos de linderos y el propio título),
siempre y cuando éste describa un polígono geométricamente replanteable. Es lo
que llamamos replanteo del título o de un plano de mensura antecedente.
-
Físicos: Dados por los hechos materiales existentes.
DESARROLLO
La mensura,
es el acto o la operación formal, por la cual el agrimensor investiga, examina,
verifica y resuelve la aplicación territorial del derecho. Dicho así con toda
amplitud pero en términos concretos.
Los
principios fundamentales de la mensura son: de identidad, de delimitación, de
ubicuidad, de publicidad, de legitimidad y de autenticidad.
Identidad: Exige que la mensura identifique inequívocamente las
causas jurídicas que se aplican al territorio, diferenciando dominio de
posesión o mera ocupación.
Delimitación: Exige que el límite entre dos parcelas contiguas sea
incidente en forma simultánea a ambas parcelas conforme a elementales
principios topológicos expresados en la teoría de grafos.
Ubicuidad: Establece que la ubicación debe ser única. El plano
de mensura debe contener todos los elementos necesarios para ubicar
indubitablemente la o las parcelas que representa.
Publicidad: Establece la presunción que la documentación obtenida
(el plano), una vez inscripta en la sede catastral es conocida por terceros a
través de la publicidad de los estados parcelarios que brindan los registros
catastrales.
Legitimidad: Establece la presunción de que la aplicación
territorial del derecho realizada a través de la mensura inscripta en el
organismo catastral es correcta.
Autenticidad: Exige que el plano de mensura esté certificado por
profesional habilitado para el ejercicio de la agrimensura.
Debe quedar
en claro, por lo tanto, que el término mensura comprende una serie de
operaciones complejas, entre las que también se incluye la medición como una
parte importante del conjunto, pero no como única protagonista ni como un fin
en sí misma.
EJECUCIÓN DE UNA MENSURA
Los aspectos esenciales en la ejecución de una
mensura, deben seguir una secuencia lógica, si bien no es estricto el orden de
algunos pasos. Se divide en un antes, durante y después de ir al terreno. Se
inicia con la relación que debe existir entre el comitente y el profesional de
la agrimensura, donde el comitente es quien encarga el trabajo y no
necesariamente debe ser un propietario (puede ser un adquirente por boleto, una
empresa privada o estatal, un organismo público, etc.)
Veremos ahora
cuáles son las tareas que incluye cada etapa:
ANTES
A)
Identificación
del tipo de trabajo a realizar.
B)
Verificación
de la factibilidad de ese trabajo, consultando las Normas de Subdivisión del
suelo. Si se trata de mensuras urbanas, las dimensiones del lote mínimo y por
lo tanto la posibilidad de efectuar subdivisiones está establecida por los
planes reguladores o directores de cada Municipio; o sea, que es allí donde
deberemos consultar.
C)
Presupuestar
el trabajo al comitente. Si éste va a requerir los servicios, deberá firmar una
orden de trabajo a modo de contrato. Para el cálculo del monto definitivo que
se deberá abonar por el trabajo, solicitaremos el Nº de Partida de Impuesto
Inmobiliario, con el cual podemos acceder a la base de datos del Servicio de
Catastro e Información Territorial (S.C.I.T.) y obtener así los avalúos
oficiales que servirán de base para nuestro cálculo.
CONCLUSION
La mensura del terreno en necesario para tener la ubicación
del terreno y emplazar la vivienda en este.
Además que es necesaria para hacer el registro
catastral del terreno.
BIBLIOGRAFIA
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